Conoce las medidas y puntos clave que deben implementar las empresas en materia del Plan de Igualdad
Desde que en marzo de 2019 entrara en vigor el Real Decreto-ley 06/2019 de 01 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, las empresas han tenido que introducir cambios adaptarse a las nuevas obligaciones, entre las que destaca el Plan de Igualdad de género. A continuación, te contamos qué es esta medida y cuándo deben implantarlas las empresas.
¿Qué es un plan de Igualdad?
La Ley Orgánica de Igualdad de género establece la igualdad entre hombres y mujeres, eliminando la discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, el estado civil o la asunción de obligaciones familiares. El objetivo, por lo tanto, es que las empresas lleven a cabo prácticas de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral.
Esta modificación de la Ley Orgánica de Igualdad obliga a las empresas con más de 50 trabajadores a implantar un Plan de Igualdad. Además de crear un registro de Planes Igualdad de las Empresas regulado por el Estatuto de los Trabajadores. Anteriormente, esta medida era obligatoria en empresas de más de 250 trabajadores.
En función del número de empleados que tenga la empresa, las fechas clave para la implantación de las nuevas medidas son las siguientes:
– Las empresas de 50 a 100 trabajadores deben implementar el Plan de Igualdad con un plazo que finaliza el 7 de marzo de 2022.
– Las empresas de entre 100 y 150 trabajadores deben haberlo implementado, ya que la fecha límite obligatoria fue el 7 de marzo de 2021.
– Para las empresas de entre 151 y 250 trabajadores la fecha límite fue el 7 de marzo de 2020.
– Las empresas de más 250 trabajadores están obligadas desde que en 2007 se aprobara la Ley.
Hay que destacar también, que el Plan de igualdad estará definido por el convenio colectivo aplicable en cada caso. Asimismo, será obligatorio en aquellos casos en los que la autoridad laboral hubiera impuesto en un procedimiento sancionador, la elaboración y aplicación de dicho plan.
Puntos clave para implantar el Plan de Igualdad
Uno de los aspectos más importantes a la hora de crear y aplicar el plan de igualdad en las empresas, es llevar a cabo el cómputo de trabajadores. La empresa debe incluir en el recuento a la totalidad de personas trabajadoras, cualquiera que sea la forma de contratación laboral, incluyendo aquellas con contratos fijos discontinuos, con contratos de duración determinara y personas con contratos en puesta a disposición. Y sea cual sea el número de horas para aquellos empleados que trabajen de forma parcial.
Para facilitar el cumplimiento de la normativa y realizar dicho cómputo, es recomendable utilizar soluciones que permitan automatizar esta tarea. Asimismo, para garantizar el principio de igualdad en el trabajo, se establecen las siguientes obligaciones con respecto a las condiciones salariales:
– Las empresas deben disponer de un registro con los valores de los salarios, complementos salariales y extras, y debe estar organizado por género, categorías, grupos profesionales y puestos de trabajo.
– Las personas podrán acceder a los datos del Registro mediante la representación legal. En caso de que una persona trabajadora solicite el acceso sin dicha representación legal, la información que se facilitará se limitará a las diferencias porcentuales existentes en las retribuciones promedias de ambos sexos, desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y sistema aplicable de clasificación.
– Las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a justificar la no discriminación de sexo cuando las diferencias de retribución entre mujeres y hombres sea del 25% o superior.
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