Descubre los cambios para la presentación de la campaña de Sociedades
Cada vez falta menos para el inicio de la campaña del Impuesto de Sociedades y esta ocasión, se han introducido varias modificaciones en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) que es importante tener en cuenta. En este artículo, te presentamos las principales novedades tributarias que debes conocer. ¡Sigue leyendo!
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
En primer lugar debemos tener muy claro qué es el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de un tributo personal y directo que grava la obtención de renta por parte de las sociedades y demás entidades jurídicas (residentes en territorio español). Se aplica también a sociedades civiles con objeto mercantil, asociaciones y fundaciones.
Para su cálculo se tiene en cuenta la contabilidad y la determinación del resultado contable de la sociedad u organización, ya que constituyen los puntos de partida para la determinación de la base imponible y de la cuantía a pagar anualmente. Para al presentación de este año, debemos tener en cuenta las siguientes modificaciones:
Tipo de gravamen reducido
Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida, se ha modificado el artículo 29 de la LIS mediante el artículo 68 de la LPGE para 2023. Se ha introducido un tipo de gravamen reducido del 23 por ciento para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros. Es importante tener en cuenta que el importe neto de la cifra de negocios se determinará de acuerdo a lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 101 de la LIS.
Amortización acelerada de determinados vehículos
Se ha añadido una nueva disposición adicional decimoctava en la LIS mediante el artículo 69 de la LPGE para 2023. Según esta disposición, las inversiones en vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV, tal como se definen en el anexo II del Reglamento General de Vehículos aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, podrán amortizarse de forma acelerada en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025. Esta amortización se realizará en función de un coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.
Régimen fiscal especial de las Illes Balears
La disposición adicional septuagésima de la LPGE para 2023 introduce el Régimen fiscal especial de las Illes Balears, el cual estará vigente para los períodos impositivos que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2028. Este régimen establece una serie de beneficios y reducciones fiscales para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que tengan establecimientos situados en las Islas Baleares.
Una de las características más destacadas de este régimen especial es la Reserva para inversiones en las Islas Baleares. Los contribuyentes podrán destinar parte de sus beneficios a esta reserva y reducir la base imponible en función de las cantidades destinadas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que las inversiones realizadas con estas cantidades deberán materializarse en un plazo máximo de tres años y estar situadas o ser recibidas en el archipiélago balear, utilizadas en el mismo y ser necesarias para el desarrollo de actividades económicas del contribuyente.
Régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras
Otra novedad importante es el Régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras en las Islas Baleares. Los contribuyentes que se dediquen a estas actividades podrán aplicar una bonificación del 10 por ciento sobre la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en dichas actividades. Esta bonificación podrá incrementarse hasta un 25 por ciento si se cumplen determinados requisitos, como el aumento de la plantilla media durante un plazo de tres años.
Régimen Económico y Fiscal especial de Canarias
Finalmente, se han realizado modificaciones en las disposiciones referentes a las entidades de la Zona Especial Canaria en el Impuesto sobre Sociedades. Estas modificaciones establecen obligaciones adicionales para los contribuyentes que realicen operaciones de comercio de bienes fuera de la Zona Especial Canaria. Entre estas obligaciones se incluye la presentación de declaraciones informativas para controlar las operaciones de comercio de bienes realizadas fuera de la zona y el cumplimiento de determinados requisitos para aplicar el régimen fiscal especial de Canarias.
En definitiva, las novedades tributarias del Impuesto de Sociedades 2023 incluyen la introducción de un tipo de gravamen reducido, la posibilidad de amortización acelerada de determinados vehículos, la creación de regímenes fiscales especiales en las Illes Balears y Canarias, y la imposición de obligaciones adicionales para los contribuyentes de la Zona Especial Canaria.
Estas modificaciones buscan fomentar la actividad empresarial y la inversión en determinados sectores y regiones, así como mejorar el control fiscal. Es importante que las empresas y contribuyentes estén al tanto de estas novedades y las incorporen en su planificación y cumplimiento tributario. Recuerda que es recomendable contar con asesoramiento profesional para entender cómo estas novedades impactan en tu situación específica. Y además, contar con un software especializado, como a3ASESOR | soc, que evite errores y calcule correctamente la tributación para cada caso concreto.