Modelo 347: ¿Cómo se debe presentar y cómo facilitar su gestión?

Te contamos por qué puede suponer un problema para las empresas su presentación

Al año, las empresas tienen una serie de obligaciones y declaraciones informativas, entre las que se encuentra la presentación del modelo 347. Esta declaración se realiza cuando tengan lugar operaciones económicas realizadas con terceras personas que superen los 3.005,06 euros. ¿Por qué es tan temido por las empresas y cómo podemos hacer más sencilla su presentación?

¿Quién y cómo se debe presentar el modelo 347?

Como hemos comentado, este modelo deben presentarlo aquellas empresas que realicen operaciones con un valor superior a 3.005,06 euros con terceras personas. Se trata de un modelo especialmente trabajoso porque muchas empresas hacen una doble comprobación, para corroborar no solo lo que la misma empresa declara, sino también asegurarse de que el tercero está declarando la misma cantidad. Esto implica en muchos casos implica una llamada de teléfono o un contacto directo para poder hacer comprobaciones. Además, este año viene con modificaciones que debemos tener en cuenta, debido a los cambios relacionados con el Brexit.

Las empresas deben realizarlo en las siguientes categorías:

– Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, ya estén sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de este impuesto.

– Subvenciones y ayudas no reembolsables o anticipos de clientes y proveedores.

– Arrendamientos que no estén sujetos a retención.

– Operaciones inmobiliarias.

Por lo tanto, el principal problema de este modelo no es tanto su realización y su presentación, sino asegurarnos de que, al hacerlo, ambas empresas implicadas presenten los mismos datos. Y esto es importante, ya que un pequeño error o diferencia en las cantidades, puede dar lugar incluso a una inspección.

Este modelo aporta mucha información a la Administración, y en caso de que ya haya discordancias, Hacienda envía un requerimiento para comprobar qué cifra aportada por ambas empresas es la correcta. Por este motivo, su presentación se mantiene en el mes de febrero debido a la carga de trabajo que supone.

Y, además, debemos saber que cambiar las cifras declaradas no se puede fácilmente, ya que puede derivar en una infracción y el criterio de imputación de las facturas es el mismo que en el modelo 340.

¿Qué ocurre si no presentamos el modelo 347?

Al igual que presentar el modelo con errores, el no hacerlo supone que podemos afrontar sanciones desde 300 a 20.000 euros. La Administración establece dicha sanción atendiendo a la razón de 20 euros por cada dato que se haya omitido y que debería haberse incluido. Por lo tanto, completar este modelo puede ayudar a las empresas a darse cuenta de errores de contabilidad o a detectar facturas de proveedores sin registrar.

¿Cómo podemos hacer más fácil su elaboración y presentación?

Utilizar soluciones profesionales que estén adaptadas a este modelo es fundamental para evitar errores y hacer la declaración correctamente. Algunos de los programas adaptados son a3Asesor | eco, a3innuva Contabilidad y a3ERP, que hacen sencilla la elaboración y gestión de la contabilidad de la empresa y, además, realizan las presentaciones directas a la Administración. Asimismo, a3Asesor | eco, permite sacar las cartas de comprobación de los clientes o proveedores para cotejar los datos, e incorpora la opción de importar a partir de un fichero Excel. Con estas soluciones podemos realizar un chequeo para corregir discrepancias antes de su envío, facilitando aún más la gestión y evitando posibles errores.

Su presentación se deberá hacer de forma telemática en la sede electrónica de Agencia Tributaria o a través de las soluciones profesionales de forma directa.